Artículo de Reflexión

DE LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES Y LA NIVELACIÓN DE CONOCIMIENTOS EN LA ACTUALIDAD EDUCATIVA

Por: Esp. Néstor R. Chacin C.

Asesor Pedagógico L.B. Hugo Montiel Moreno. Febrero 2011.

Es grato traer a la reflexión las experiencias pasadas para plantear estrategias operativas basadas en el deber ser practico, las jornadas de formación docente han sido sin lugar a duda una ardua tarea que pretender brindar sustento teórico-práctico sobre la necesidad de cambio del sistema educativo actual; mucha de esa valiosa información ha sido olvidada y en con ella la oportunidad de brindar un mejor desempeño de la artística labor docente.

A continuación se ofrecen algunas reflexiones motivado a la cantidad de inquietudes que docentes en ejercicio expresan, en primer lugar es conveniente hacer mención sobre la evaluación la cual es definida por el Diccionario de la Real Academia Española (DRAE, 2001), como “acción y efecto de evaluar” y esa es la acepción más conocida por los padres y profesores la de “Hoy tengo la evaluación de matemática” (DRAE, ob. cit) para referirse a un examen escolar lo cual no es del todo cierto ya que la evaluación no es un momento; es un proceso, al respecto Rivero (2008), expresa “La evaluación de los aprendizajes, es un proceso permanente de información y reflexión sobre el proceso de producción de los aprendizajes y requiere para su ejecución de la realización de los siguientes procesos: a. recolección y selección de información, a través de la interacción con ellos, la aplicación de instrumentos, . b. interpretación y valoración de los aprendizajes en términos del grado de desarrollo de los criterios de evaluación establecidos en cada área La valoración debe darse en términos cualitativos. c. toma de decisión, que involucra el establecimiento de un plan de acción que permita al alumno conocer, reforzar y estimular los aprendizajes que debe desarrollar con la ayuda del docente, quien deberá planificar nuevas estrategias de enseñanza-aprendizaje, según las conclusiones a las que se llegue en la evaluación”.

Ahora bien, para el Ministerio del Poder Popular para la Educación en su Currículo Básico Nacional (2007), la evaluación esta definida en los siguientes términos: “es un proceso sistemático, participativo y reflexivo que permite emitir una valoración sobre el desarrollo de las potencialidades del y la estudiante, para una toma de decisiones que garantice el logro de los objetivos…”; por otra parte en el Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación (RGLOE, 2003:63) (aun vigente en la medida que no contradiga la nueva LOE 2009, disposiciones transitorias) se puede observar en el Articulo 92, Sección Segunda Capitulo V lo siguiente: “La actuación general del alumno será evaluada… a través de los siguientes tipos de evaluación: 1. Evaluación Diagnostica… 2. Evaluación Formativa: Tendrá por finalidad determinar en qué medida se están logrando las competencias requeridas, los bloques de contenidos y los objetivos programáticos. Se aplicará durante el desarrollo de las actividades educativas y sus resultados permitirán de manera inmediata, si fuere el caso, reorientar al estudiante y al proceso de aprendizaje. Se realizaran evaluaciones de este tipo en cada…”.

En el mismo orden de idea, es conveniente citar la Ley Orgánica de Educación (2009), en su Capítulo V, Artículo 44 referido a la Evaluación Educativa donde se aprecia lo siguiente: “La evaluación como parte del proceso educativo, es democrática, participativa, continua, integral, cooperativa, sistemática, cuali-cuantitativa, diagnóstica, flexible, formativa y acumulativa. Debe apreciar y registrar de manera permanente, mediante procedimientos científicos, técnicos y humanísticos, el rendimiento estudiantil, el proceso de apropiación y construcción de los aprendizajes, tomando en cuenta los factores socio-históricos, las diferencias individuales y valorará el desempeño del educador y la educadora y en general, todos los elementos que constituyen dicho proceso…”

Con base en lo antes expuesto, se puede inferir a través de la reflexión que, en la evaluación de los aprendizajes está implícita el llamado proceso de Nivelación (refuerzo, ampliación y/o recuperación) ya que en su definición expresa “acción y efecto de nivelar” (DRAE, ob. cit), visto así no dice mucho; pero si se estudia el verbo en infinitivo: Nivelar en una de sus definiciones se obtiene que es: “igualar algo con otra cosa material o inmaterial” (DRAE, ob. cit), entonces el proceso de nivelación está concebido como “el proceso formativo-reflexivo de igualación de conocimientos que el docente realiza con el fin de mejorar, reforzar y estimular el aprendizaje aun no logrado por el estudiante” (propio del autor), ya que como lo expresa LOE (ob. cit) se debe evaluar formativamente con base en el registro del rendimiento estudiantil, el proceso de apropiación y construcción de los aprendizajes, tomando en cuenta los factores socio-históricos y las diferencias individuales; entonces, todos los argumentos permiten asegurar que la nivelación es una necesidad social que esta concebida desde el inicio de la normativa educativa históricamente y que es una forma de justicia social plasmada en la teoría constructivista que sirve de base a el actual sistema educativo.

De acuerdo con los razonamientos que se han venido realizando, es permitente reflexionar también sobre otra de las inquietudes de la práctica docente en especial lo referido a la vinculación (relación); esta se refiere a “acción y efecto de vincular” (DRAE, ob. cit), mientras que vincular es: “atar o fundar algo en otra cosa” (DRAE, ob. cit), y vinculo es “unión o atadura de una persona o cosa con otra” (DRAE, ob. cit), ahora bien, es más fácil aun en su definición ya que la palabra vinculo es sinónimo de relación y es precisamente lo que se persigue en los proyectos de aprendizaje y los contenidos, así se tiene que; “es la relación reflexiva que el docente inductivamente hace con los estudiantes en el espacio de aprendizaje sobre el contenido que se está estudiando y la problemática planteada en estudio” (propio del autor).

Ahora bien, en el sentido práctico y como aporte se propone que se haga así: al momento de la fase de diseño de la planificación de clase el docente establece la relación previa del contenido a socializar con el proyecto y luego en el momento de la clase induce a los estudiantes a la reflexión aportándole así sentido a lo estudiado e impactándole en la conciencia que a través del conocimiento se pueden encontrar soluciones a los problemas o necesidades sociales.

Referencias Consultadas

Diccionario de la Real Academia Española (2001) en línea. Disponible en: www.drae.org

Rivero, L. (2008). Evaluación de los Aprendizajes. Venezuela. Disponible en:

Reglamento de la Ley Orgánica de Educación (2003)

Ley Orgánica de Educación (2009), Asamblea Nacional N°. 124. en línea. Disponible en:

Comentarios

Entradas populares de este blog

Efectos de la música sobre el ser humano.

Unermb firmó convenio con Fundacite Zulia en el área de educación e investigación